Tipos de seguros de vida: ¿estás seguro o asegurado?

Tipos de seguros de vida: ¿estás seguro o asegurado?

Es muy común confundir los 3 tipos de seguros de vida que existen en el mercado.  

Por un lado tenemos los seguros de vida riesgo, por otro los seguros de vida ahorro, y por último los seguros de vida entera. De hecho, cuando le receto alguno como médico financiero a un cliente, en ocasiones suelen mezclar conceptos. A continuación te explico las diferencias: 

 
➡️ a) TIPO 1: El seguro de vida riesgo en su modalidad temporal anual renovable, TAR, es lo que se suele contratar cuando uno firma un crédito o préstamo para que en caso, ¡Dios no quiera!, contraiga una enfermedad o tenga un accidente, la aseguradora vía indemnización por fallecimiento o invalidez, te pague bien a ti o a tus herederos una cantidad para compensar el daño económico que pueda suponer una reducción de tus propios ingresos por la invalidez, dado que te pueden conceder una pensión de un 55% de tus ingresos con la consecuente perdida de poder adquisitivo (invalidez permanente total); o decremento de los ingresos familiares, dado que en caso de fallecimiento, tu hijos van a percibir una pensión de orfandad de 20% y tu cónyuge de un 52% - 70% de tus ingresos, con lo que su nivel de vida queda en entredicho.

 🚨 —> ¡Cuidado 1.0! Que por tener el seguro de la hipoteca no queda resuelta la situación, porque ese seguro que contratas con el banco, que es sustancialmente más caro que si lo contratas con una aseguradora directamente, es para absorber la deuda contraída con éste, y no suele quedar capital para atender otras necesidades propias y familiares, es decir, que lo normal es que necesites tener dos y no uno, uno para cubrir los intereses frente del banco y otro para los tuyos propios.

🚨 —> ¡Cuidado 2.0! La prima sube año tras año puesto que tu esperanza de vida se reduce y el riesgo de fallecimiento por tanto se incrementa.

🚨 —> ¡Cuidado 3.0! La cobertura de invalidez que sueles tener contratada es la permanente absoluta (IPA) y no la total (IPT). La primera acontece cuanto te quedas imposibilitado para trabajar en cualquier profesión, mientras que la segunda es, cuando no puedes desarrollar tu propia actividad profesional. Dada la penosa situación de la Seguridad Social en España, agujero negro de más de 20.000€ millones, el Estado concede la total, dado que a diferencia de la absoluta, que asciende al 100% y no tributa; la total, sí tributa y asciende al 55% de tus ingresos. No hay dinero en la arcas públicas, y por tanto al igual que lo qué vemos con la jubilación, las coberturas públicas se ven afectadas a la baja, siendo necesario un complemento por vía privada. 

🚨 —> ¡Cuidado 4.0! A los 65/67 años la garantía de invalidez se pierde; y los 80 años, de forma unilateral la aseguradora cancela el contrato, que es realmente cuando por estadística más nos hace falta ese protección por ley de vida. 

🚨 —> ¡Cuidado 5.0! Si por el camino no te quedas inválido o no falleces, las primas abonadas no te las devuelven. Al igual que un seguro de auto se contrata para cubrir los daños que puedas ocasionar a un tercero o a ti mismo en un accidente, si no ocurren esos daños y no se hace uso del seguro, la compañía no reembolsa la primas. El seguro te ha dado la tranquilidad de que si ocurre… no te genera un daño económico - patrimonial que te pueda suponer un caos personal y familiar.

➡️ b) TIPO 2: Por otro lado tenemos los seguros de vida - ahorro, son productos de ahorro que se contratan con el objetivo de acumular un capital para diversos objetivos, como dar la entrada de un inmueble, los estudios de los hijos, amortizar aceleradamente la hipoteca o la jubilación; y adicionalmente tienen unos capitales muy reducidos, mínimos, en caso de fallecimiento e invalidez. Mientras que un seguro de vida riesgo suele tener capitales asegurados de 50.000€ éstos los tiene de 500, 600, 1.000€, dentro de esta modalidad enmarcamos a los unit linked, famosos dentro del sector financiero por las ventajas añadidas de inembargabilidad, libre designación de beneficiarios y la reducción en el impuesto de sucesiones y donaciones de 9.195€ por heredero, características de las que adolece un fondo de inversión, un plan de pensiones o un depósito. 

➡️ c) TIPO3: Por último, están los seguros de vida entera, son un mix entre un seguro de vida riesgo y un seguro de ahorro a largo plazo. Es el único seguro de vida que siempre se cobra, bien porque el tomador lo usa como seguro de ahorro normalmente para la jubilación, o por desgracia, como seguro de vida en caso de invalidez, el tomador o los beneficiarios que haya establecido éste en caso de muerte. 

—> Parte de ahorro 🐖: se compone de unos capitales garantizados más una participación en beneficios que se va acumulando año tras año a dichos capitales iniciales garantizados. ¡Ojo! Como producto de ahorro, es de largo plazo, de vencimiento, con un periodo de maduración amplio no es una cuenta remunerada disponible. Permite rescates a partir del año 2, así como paralizar las aportaciones también a partir de ese momento re calculando los capitales garantizados, pero no es el momento de hacer uso del mismo en ese horizonte temporal. No permite rescates parciales pero sí que es de solicitar un anticipo del fondo de ahorro acumulado a módico tipo de interés.  Dicha participación en beneficios puede oscilar entre 3,5% y un 4,5% según histórico, siendo un perfecto sustituto para la renta fija dentro del portafolio de un inversor, dada la crisis de deuda que cierne sobre nuestras cabezas en favor de la estabilidad tus ahorros y futuras crisis que vayan aconteciendo. Un producto en el que el riesgo de la inversión quien lo corre es la entidad, y ésta nos hace partícipes del 80% de la rentabilidad que obtiene con las inversiones. 

—> Parte de vida riesgo 🪖: mientras que los seguros de vida riesgo su duración está limitada en el tiempo, hasta los 80 años máximo, éste es vitalicio. Además, su prima no sube, se mantiene constante en el tiempo; y los coberturas se van incrementando año tras año gracias a la participación en beneficios de la parte de ahorro. ¡Ojo! Como protección, los capitales que permite contratar son sensiblemente más reducidos que la primera de las modalidades, el vida riesgo. De ahí, que cada una de estas modalidades en pos de tener una estrategia financiera perfecta a la hora de proteger tus ingresos y tu patrimonio, sean complementarias no sustitutivas. Es decir, son necesarios los 3 y el vida riesgo por 2. 



Una vez que ya tenemos claro que es necesario tener una protección de ingresos dado que la Seguridad Social no es suficiente y las diversas modalidades, nos queda ver cuál sería la combinación mas adecuada en función de la edad:   


Permíteme una pregunta… ¿estás asegurado o seguro?  Si quieres profundizar en estos aspectos, estás sólo a un mensaje de what`s app al ☎️ 607470782 ☎️ para perfeccionar correctamente tu planificación financiera y conseguir pase lo que pase tus objetivos personales y familiares.

Un saludo desde Sherwood 🏹📊💰🌲

📌 QUIEN SOY YO --> José Manuel Marín Cebrián - El Robin Hood de las Finanzas 
📌 CUAL ES MI EMPRESA --> FORTUNA servicios financieros premium 
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